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lunes, 5 de noviembre de 2012

RESPUESTA DEFENSORA DEL PUEBLO A LOS FUNCIONARIOS

Estimado Sr./Sra.:
 
Damos respuesta a su solicitud para que por esta Institución se interponga
recurso de inconstitucionalidad contra varios artículos del Real Decreto-ley 20/2012, de
13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la
competividad, en uso de la legitimación que le confiere el artículo 162.1.a) de la
Constitución y el artículo 32.1 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal
Constitucional.
 
A este respecto, le informamos que la Defensora del Pueblo, oída la Junta de
Coordinación y Régimen Interior, en su reunión del 15 de octubre de 2012, ha resuelto
no hacer uso de dicha legitimación constitucional, adoptando la resolución que
puede consultar íntegramente en el portal web de esta Institución:
 
 
 
 
 
Por otro lado, queremos informarle de que el estudio del Real Decreto-ley
20/2012, de 13 de julio, ha dado lugar a una serie de RECOMENDACIONES de
alcance general sobre diversas materias que la Defensora del Pueblo ha dirigido
a los responsables de varios departamentos del Gobierno. Estas recomendaciones
hacen referencia a algunas de las cuestiones por usted planteadas y a otras razones
de impugnación manifestadas por varias personas y colectivos ciudadanos.
 
El hecho de haberse recibido un número muy elevado de solicitudes como la
suya hace extremadamente difícil y costoso notificar por conducto ordinario postal el
contenido de la resolución referida a su solicitud, lo que ha llevado a esta Institución a
acudir a esta forma de notificación electrónica. En la misma página web institucional
puede consultar, si lo desea, el contenido de las recomendaciones mencionadas
en el párrafo anterior.
 
Le saluda muy atentamente,

 
 
 
 
Soledad Becerril
 
 
 
Defensora del Pueblo

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